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¿Se pueden vender y comprar oraciones?

por Pbro. Julio de la Vega-Hazas
oraciones

El valor de la oración depende de la fe y la devoción, y cuando se pone a precio se desvirtúan ambas características

Es evidente que se puede rezar a favor de otras personas. Más aún, es recomendable. Lo hacemos muchas veces; por ejemplo, en la llamada oración de los fieles de la Misa. Este aspecto no es pues la cuestión.

Lo problemático es cobrar por ello. Y esto ya no está bien. No es un buen enfoque de la cuestión plantear si la Iglesia lo autoriza o no, como si la valoración dependiera de la existencia de una autorización sobre el particular. Se trata más bien de ver si es una conducta aceptable o no. Y la respuesta es que no.

Entre los pecados contra la virtud de la religión –o, si se entiende mejor así, contra el primer mandamiento de la Ley de Dios-, figura desde siempre la llamada simonía. El nombre lo recibe de un curioso personaje que aparece en los Hechos de los Apóstoles (capítulo 8º) llamado Simón el Mago, que, cuando vio que unos discípulos recibían el Espíritu Santo por la imposición de manos de los Apóstoles, les quiso comprar esa potestad. La regañina que le dirigió san Pedro ya habla por sí sola sobre la impropiedad de semejante propuesta.

En el Catecismo de la Iglesia Católica se define la simonía con estas palabras tan sencillas: la compra y venta de cosas espirituales (nº 2121). La oración es claramente una de esas cosas espirituales.

Se podría añadir algo sobre comportamientos que pueden parecer simonía, pero que no lo son. Uno es comprar o vender algo que, junto al carácter espiritual, tiene un valor material, cuando lo que se vende es solo esto último por un precio razonable. No es el caso que nos ocupa, pero conviene tenerlo en cuenta para otros casos.

Tampoco se considera simonía lo que se pide para el sustento de los ministros que dedican su vida al ministerio, como sucede con los estipendios de las Misas. De todas formas, se suele evitar en lo posible lo que parezca compraventa de cosas espirituales; en el caso de los estipendios, se configura como una tasa, no una compraventa (entre otras cosas, significa que la cantidad está estrictamente tasada por los obispos, y no está sujeta a negociación).

Por otra parte, el sentido común pide desconfiar de este tipo de oraciones por encargo. El valor de la oración depende de la fe y la devoción, y cuando se pone a precio se desvirtúan ambas características.

No entro en si quien vende una peregrinación lo hace con rectitud o no. Podría ser de buena fe, podría ser un timo. Pero en cualquier caso está mal. En las peregrinaciones, se aprovecha de una vieja costumbre en la que al sustituto se le pagaban los gastos del viaje, pero no propiamente la peregrinación o las oraciones que rezara. No es lo mismo. Esto último es simonía; lo primero no lo es: se pagaba un gasto material.

 

 

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